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Ley de motocicletas de Nevada: una breve introducción

Ley de motocicletas de Nevada: una breve introducción

Ley de motocicletas de Nevada: una breve introducción

Es bien sabido que las motocicletas brindan poca protección a los conductores y vienen con su propio conjunto de reglas que deben seguirse. Este artículo aborda algunas de las leyes específicas de Nevada que abordan el uso de motocicletas y vehículos similares. Cabe destacar que estas leyes difieren de un estado a otro. En consecuencia, en el contexto de reclamaciones por lesiones por accidentes, es imperativo que participe un abogado con experiencia.

Antes de que podamos discutir las leyes, es importante definir ciertos términos que se repetirán a lo largo de este artículo.

Ciclomotor: Un scooter, bicicleta o vehículo similar impulsado por un motor pequeño que produce no más de dos (2) caballos de fuerza. Los ciclomotores deben viajar sobre menos de tres (3) ruedas y tener una velocidad máxima de treinta (30) millas por hora o menos. NRS 486.038 .

Trimóvil : Vehículo diseñado para viajar con tres (3) ruedas en el suelo, siendo al menos una de esas ruedas de tracción eléctrica. Un trimóvil no incluye una motocicleta con sidecar. NRS 486.057 .

Motocicleta: Todo vehículo de motor equipado con un asiento o silla de montar para uso del conductor y diseñado para viajar sobre tres (3) ruedas o menos, excluyendo bicicletas, tractores o ciclomotores eléctricos. NRS 486.041.

Carretera: Todo el ancho entre las líneas limítrofes de todos los caminos mantenidos por autoridad pública abiertos al uso público para el tránsito vehicular. Una autopista no es simplemente una autopista interestatal, es cualquier vía pública. NRS 486.031.

Uso obligatorio de cascos y protección ocular:

Según la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras (NHTSA), 4.668 personas murieron en motocicletas en 2013. Sólo en Nevada, este número ascendió a cincuenta y cinco (55). De esos cincuenta y cinco (55), cuarenta y ocho (48) llevaban casco.

Debido a los riesgos que implica conducir una motocicleta, Nevada ha obligatorio el uso de cascos y protección para los ojos dentro de sus fronteras. Cualquier motocicleta que se conduzca en una carretera requiere que el conductor y el pasajero usen casco protector y gafas protectoras, gafas protectoras o protectores faciales. NRS 486.231(2) .

Exenciones al casco y la protección ocular:

Hay tres (3) excepciones que permiten a las personas evitar el requisito estatal de cascos y protección para los ojos. Los conductores y pasajeros de una motocicleta que participe en un desfile autorizado por una autoridad local no están obligados a usar cascos ni gafas protectoras. NRS 486.231(4) .

Los conductores y pasajeros de motocicletas de tres ruedas con cabina cerrada no están obligados a usar casco ni gafas. NRS 486.231(2) .

Finalmente, si una motocicleta o trimóvil está equipado con un parabrisas transparente, el conductor no está obligado a usar gafas, antiparras ni protectores faciales. NRS 486.231(3) . Un parabrisas transparente no permite evitar conducir con casco.

División de carriles y uso compartido de carriles:

El carril compartido ocurre cuando un vehículo en el tráfico permite que otros vehículos “compartan” el carril, lo que se ve comúnmente en el motociclismo en grupo. En Nevada, las motocicletas y ciclomotores pueden, con el consentimiento de los conductores, circular uno al lado del otro en un solo carril de circulación. NRS 486.351(3) . No puede conducir más de dos (2) motocicletas/ciclomotores de esta manera uno al lado del otro. La división de carriles es el acto de conducir un vehículo entre carriles de tráfico lento o detenido. En Nevada, ninguna persona, excepto un oficial de policía en el desempeño de su deber, puede conducir una motocicleta o ciclomotor entre vehículos en movimiento o estacionarios que ocupen carriles de tránsito adyacentes. NRS 846.351(1)

Compartir carriles también ocurre de una forma más peligrosa, incluyendo personas que pasan a vehículos que circulan más lentamente en el mismo carril. En Nevada, a menos que conduzca uno al lado del otro como se describe anteriormente, no puede rebasar a una persona en el mismo carril de tránsito. NRS 486.351(2) .

Viajar con otra persona:

No se permite la circulación por carretera de una motocicleta o ciclomotor si transporta a más de una (1) persona, a menos que el vehículo esté diseñado para ese fin. NRS 486.181 . Todos los pasajeros deben permanecer en sus asientos designados, ya sea directamente detrás del conductor, en un asiento trasero o en un sidecar adjunto. NRS 486.181(2)(ac) .

Equipamiento obligatorio para motocicletas:

Además del uso de casco y protección ocular, las motocicletas y ciclomotores deben estar equipados con lo siguiente:

  • Lámparas de cabeza. NRS 486.281.
  • Luces de parada. NRS 486.251(2).
  • Guardabarros en ambas ruedas. NRS 486.221.

Luces traseras . NRS 486.261.

  • Señales de giro (excepto fabricadas antes de 1973). NRS 486.271(2).
  • Reflectores traseros. NRS 486.291(1-2).
  • Frenos. NRS 486.301.
  • Espejos. NRS 486.311.

Accidentes y su derecho a la recuperación:

Los accidentes de motocicleta ocurren y pueden tener consecuencias desastrosas. Incluso si sigue estrictamente las reglas descritas anteriormente, puede sufrir un accidente sin que sea culpa suya. Sin embargo, tenga en cuenta que Nevada se adhiere a la doctrina de negligencia contributiva, lo que significa que su responsabilidad, si la hubiera, se distribuye en proporción a su culpa. Una advertencia a esta regla es que si su culpa es mayor que la del demandado, no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios. NRS 41.141(1) .

La responsabilidad y la culpa en un accidente de motocicleta / ciclomotor pueden provenir de múltiples fuentes, no solo de las personas involucradas en el accidente. Si usted o alguien que conoce ha estado involucrado en un accidente de motocicleta o ciclomotor, comuníquese con un abogado de accidentes de Las Vegas de Shook & Stone.

Nuestra firma ha estado trabajando para los lesionados desde 1997 y puede trabajar para usted para que obtenga la máxima compensación financiera por su accidente. Es importante ponerse en contacto con un asesor legal lo antes posible para evitar demoras indebidas . Con más de veinte años de experiencia, puede confiar en que maximizaremos su recuperación.

Lectura informativa: